Normas venta
de abonos de aparcamiento Feria de Abril 2008
1.- Los adquirentes de abonos deberán ser los titulares de un vehículo
automóvil, titularidad que habrá de acreditarse mediante la presentación de
fotocopia del DNI y del permiso de circulación. Podrán ser comprados por otra
persona que no siendo el titular de éste, presente autorización escrita junto
con las fotocopias del DNI del titular, de su DNI y del permiso de circulación
del vehículo.
En caso de vehículos de empresa deberán aportar fotocopias
del permiso de circulación, del recibo del seguro (en el que deberá aparecer la
matrícula del vehículo) y del DNI del comprador del abono.
En caso de minusválidos deberán adjuntar fotocopia del
permiso de circulación, del DNI y aportar tarjeta de discapacitado expedida por
cualquier organismo oficial.
2.- La solicitud de abono se realizará del siguiente modo:
a)
A
través de diarios de mayor difusión en Sevilla, se publicarán las fechas, horarios
y lugar para la venta de abonos.
b)
El
horario de venta será en el que se detalla al final de estas normas.
c)
La
suscripción de la solicitud de abono implicará el conocimiento y aceptación de
las presentes normas, así como la de la adquisición del estacionamiento en
régimen de abono que resulte realizada por la entidad explotadora, el acceso al
mismo y la ubicación exacta.
d)
La
solicitudes sólo se admitirán mediante la presencia del titular del vehículo o
persona provista de fotocopia del DNI del titular y del compareciente. En ambos
casos, habrá de aportarse fotocopia del permiso de circulación del vehículo a
nombre del titular junto a las fotocopias del DNI.
e)
Cada
persona podrá presentar un número máximo de dos solicitudes, en calidad de titular y/o autorizado, de
forma que el número máximo de abonos que se expedirán por persona, en todo
caso, será de dos.
f)
La
sistemática a utilizar para la entrega de los abonos se publicará junto con las
fechas, horarios y lugar para la venta de abonos a través de los anuncios antes
mencionados.
g)
El
número de plazas de estacionamiento en régimen de abonados es limitado. La
adjudicación se realizará por riguroso orden de solicitud, en función de la
fecha y hora asignadas hasta que se complete el número total de plazas
disponibles.
h)
El
importe de los abonos solicitados habrá de ingresarse en la entidad financiera
que se indicará a través de los anuncios mencionados en el apartado 2.a), no
admitiéndose ningún otro medio de pago. (en caso de transferencia bancaria, solo
se admitirá sellada por la entidad bancaria. No se admitirán transferencias
bancarias realizadas a través de Internet).
i)
Para
la retirada de los abonos en la fecha y hora adjudicados, habrá de entregarse
el justificante original del ingreso bancario.
j)
La no
retirada de los abonos en la fecha y hora asignados de acuerdo con el número de
orden atribuido implicará la renuncia a los mismos, de forma que la entidad
explotadora podrá disponer de ellos de forma inmediata para su venta.
k)
A la entrega
del abono habrán de verificarse por el solicitante los datos recogidos en el
título. Una vez retirado el título que acredita como abonado, no se admitirán
cambios de titularidad ni de matrícula del vehículo, ni de ningún otro dato por
causa alguna.
l)
No se
expedirán duplicados de ningún tipo sobre los títulos ya entregados.
m)
Las
devoluciones de abonos se admitirán sólo hasta las 18,30 horas del día siete de
abril de dos mil ocho. La persona que realice una devolución no podrá adquirir
un nuevo abono para el presente año.
3.- El Ayuntamiento de Sevilla y la entidad explotadora
no se harán responsables de los abonos adquiridos en lugar distinto a los
puntos de venta indicados en el anuncio mencionado en aparatado 2.a).