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FAQ

Preguntas

 

Respuestas

·  ¿Los controladores pueden denunciar infracciones?

Los controladores denuncian no multan. Los controladores tienen entre sus competencias la posibilidad de denunciar y avisar al usuario de que está incumpliendo una ordenanza municipal mediante un comunicado de supuesta infracción. Si el conductor no retira la denuncia mediante los mecanismos oportunos (pago de la tarifa de anulación de denuncia) que se explican en el tique, AUSSA las presentará al organismo municipal correspondiente que tramitará la denuncia como cualquier otra donde se especifique que se ha incumplido una norma de tráfico, sea cual sea. El usuario, por tanto, una vez que este organismo le notifique formalmente la denuncia correspondiente podrá presentar el correspondiente pliego de descargo ante el Ayuntamiento. Si la denuncia, además, lleva la firma de un agente de la Policía Local, el usuario debe saber que un agente de la autoridad posee siempre presunción de veracidad.

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·  ¿La grúa puede retirar el coche?

Sí. Si se incumple con cualquiera de las normas de la zona azul dispuestas en la ordenanza correspondiente (no poseer el tique, estacionar durante más tiempo del indicado en el tique, aparcar fuera del perímetro señalado, etc.), el controlador puede pedir auxilio a la Policía Local, que constata la infracción. Dado el caso, los agentes pueden llamar a la grúa que procederá a la retirada del vehículo, al igual que si estuviese aparcado, por ejemplo, en un estacionamiento reservado a minusválidos u obstaculizando una entrada a un garaje.

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·  ¿Los controladores pueden denunciar un vehículo aparcado fuera de las plazas señalizadas?

Sí. En la ordenanza se especifica, además, esta posibilidad concreta. Dentro de los sectores regulados existen distintas zonas en las que no está permitido el estacionamiento. Estas zonas son, precisamente, las que no están señalizadas horizontalmente (pintura azul, naranja o verde en la calzada), ya que no se puede aparcar en ellas por ser pasos de peatones, cruces, vados, paradas de autobuses, doble fila, etc. Aunque estos vehículos tengan un tique, siguen estando aparcados en zonas prohibidas, por lo que, el controlador puede denunciar el incumplimiento de la ordenanza y de la Ley de Tráfico. De forma general, es como si se aparcase en cualquier estacionamiento no permitido de la ciudad, esté o no regulado como zona azul.

Si la zona no está pintada por causas ajenas a la regulación (obras, renovación del pavimento o pintura, etc). El usuario deberá comprobar por la señalización vertical si la plaza que ocupa se encuentra dentro del sector regulado y está permitido el estacionamiento. Si esto es así, el conductor podrá aparcar y deberá pagar su tique correspondiente.

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·  ¿Puedo dejar el coche aparcado en el mismo lugar durante más de dos horas si saco el correspondiente tique?

No. Las máquinas expendedoras de tiques sólo permiten un estacionamiento máximo de dos horas. Si pasado el periodo de tiempo se quiere dejar el coche en el sector durante más tiempo, deberá volver a estacionarlo en una plaza alejada de la primera al menos 250 metros y sacar, de nuevo, el correspondiente ticket.

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·  ¿Cómo puedo reclamar que no estoy de acuerdo con la denuncia del controlador?

Una vez que la denuncia del controlador de AUSSA le sea notificada fehacientemente por el Ayuntamiento, podrá presentar las alegaciones que crea oportunas en un plazo de 15 días. Es en ese momento cuando puede mostrar su disconformidad de manera oficial con la denuncia formulada.

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·  ¿Pueden multarme por aparcar en una zona de carga y descarga, aunque haya pagado mi correspondiente tique?

Sí. La ORA respeta todos los horarios y zonas establecidas para la carga y descarga. Generalmente, estos estacionamiento tienen unos horarios establecidos que se indican en la señal vertical correspondiente. Una vez que finalice el horario de carga y descarga, esas plazas se incluyen inmediatamente en la zona azul y a partir de ahí se regulan como cualquier otra plaza de aparcamiento del sector. En la franja horaria de carga y descarga sólo podrán aparcar en las plazas aquellos vehículos que vayan a realizar este tipo de actividad y la Policía Local podrá denunciar y retirar cualquier vehículo situado en las mismas, aunque posean el tique o distintivo correspondiente.

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·  ¿Las calles pintadas de naranja o verde también están dentro de la zona azul?

Sí. Zona azul es el nombre con el que normalmente se denomina al sistema de ordenación y regulación del aparcamiento en superficie (ORA). Sin embargo, esta denominación no quiere decir que todas las calles afectadas por la ORA tengan que estar necesariamente pintadas de azul. Los sectores señalizados de color azul se refieren a aquellas vías que tienen un alto grado de rotación de vehículos. Las calles señalizadas en naranja se refieren a aquellas que tienen una rotación habitual de vehículos de grado medio. De verde se señalizan aquellas calles que tienen una grado inferior de rotación. Para el usuario, las tres zonas están reguladas y en todas ellas tiene que abonar el correspondiente tique. Lo que cambia es el precio de cada una de ellas. La zona azul es levemente más barata que la zona naranja para el usuario y la naranja es más económica para los residentes que la delimitada en color azul, ya que se pretende dar más facilidades a los residentes en las calles que posean menor densidad de vehículos. La zona verde, por su parte, respeta la tarifa más económica para los residentes y también abarata el estacionamiento del usuario en general, ya que su índice de rotación es menor.

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·  ¿Si saco un tique de estacionamiento en El Arenal puede servirme para la zona azul de Los Remedios?

Sí, siempre que se cumpla con el plazo de tiempo permitido para el estacionamiento. Sin embargo, cada zona de regulación es independiente: un tique naranja no sirve para una zona señalizada en color azul, aunque estén dentro del mismo sector regulado.

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·  Hace unos años retiraron la zona azul de la ciudad porque no era legal. ¿Lo es ahora?

Sí. En 1997 se aprobó una modificación de la Ley de Tráfico en la que se faculta expresamente a los ayuntamientos para implantar el servicio de ordenación y regulación del aparcamiento en superficie. La ORA está implantada en más de 150 ciudades españolas y en todas, como en Sevilla, se cumple la legislación vigente.

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